Boton de arrepentimiento

El consumidor podrá solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado, en los términos de los Artículos 34 de la Ley N° 24.240 y 1.110 del Código Civil y Comercial de la Nación, dentro de los 10 días corridos de la compra o el menor plazo a la fecha de la prestacion del servicio, salvo que se trate de un paquete turístico ad hoc, consumible antes de dicho plazo o donde el cambio no fuera factible por otras disposiciones especiales vigentes (art. 1116 del Código Civil y Comercial). 

 

De acuerdo con la Resolución 329/2020, el botón de arrepentimiento no resulta aplicable a los servicios de transporte aéreo regular internos e internacionales. En caso de solicitar una devolución quedará sujeto a las regulaciones de cada compañía aérea.
 

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